Por Daniel Herrera
(Prof. Filosofía del Derecho, UCA)

1. Planteo de la cuestión.

Para esta presentación venía trabajando en otro tema y ya la tenía medio armada, hasta que el 11 F (como se dice ahora) cambió la historia y también la historia de mi disertación. Más allá que a diferencia de otros días muy anunciados y esperados en los que finalmente no pasó nada, el 11 F no se esperaba nada especial, parecía que iba a ser un día como cualquier otro y sin embargo ese día se produjo un acontecimiento absolutamente extraordinario, fuera de lo común, como fue el hecho de la renuncia del Papa con todas las connotaciones que eso implica en cualquier sucesión papal y especialmente por la particularidad de la situación y que sin perjuicio de estar contemplada en el derecho canónico no ocurría desde hace más de 600 años, modificando a futuro la idea instalada de que el papado es un cargo necesariamente vitalicio. En este caso especial, se trata de un gran Papa, verdadero maestro, pastor y padre. Se trata del Papa Ratzinger, Benedicto XVI.

Entonces luego de unos días en que como muchos otros estuve francamente conmovido (y todavía lo estoy), se me ocurrió que esta conferencia podría ser una buena ocasión para hacer un humilde y sincero homenaje a un gran hombre, poseedor de una inteligencia superior, un espíritu fino y un gran corazón. La riqueza de su magisterio tanto en temas teológicos, eclesiales, pastorales, morales, etc. hace imposible abordarlos todos. Por eso este pequeño homenaje va a girar sobre dos cuestiones centrales e íntimamente relacionadas en el pensamiento de Ratzinger, como son el problema de la racionalidad y el fundamento del estado de derecho en el mundo moderno. Esto no quiere decir que los demás temas no sean importantes, sino más bien se trata de acotar la presente exposición a un tema central en el plano filosófico y iusfilosófico en el que me muevo más cómodo, sin entrar especialmente en cuestiones teológicas para las que no estoy capacitado (aunque aparecerán tangencialmente dado la relación que tienen con el tema que nos ocupa).

Sobre esta cuestión podemos citar (y de hecho lo vamos a hacer) muchos trabajos de Joseph Ratzinger, tanto como teólogo y Cardenal, como también luego ya siendo Papa, Benedicto XVI, como por ejemplo sus obras juveniles El Dios de la Fe y el Dios de los Filósofos (1959), e Introducción al Cristianismo (1968), como también sus obras de madurez como Fe, verdad y tolerancia (2003) donde como dice en el Prefacio es una respuesta personal a las críticas tanto de la sociedad occidental como de otras culturas no cristianas al documento Dominus Iesu (2000) emitido por la Sagrada
Congregación para la doctrina de la Fe, cuando él era su Prefecto. Sin embargo podemos señalar como claves algunos de ellos que han marcado verdaderos hitos para seguir el hilo de su pensamiento en esta materia. En primer lugar, el conocido diálogo que en enero de 2004, siendo aún cardenal sostuvo con el filósofo alemán Jürgen Habermas en la Academia Católica de Baviera, en Munich, cuyo tema fue “las bases morales prepolíticas del Estado liberal”. En segundo lugar, su también famosa lección magistral pronunciada ya como Papa en septiembre de 2006, en la Universidad de Ratisbona, con motivo de su visita a su tierra natal alemana. Discurso más conocido por la circunstancial cita del docto emperador bizantino Manuel II paleólogo que originó la reacción de parte del mundo musulmán, que por el tema central de la disertación: La racionalidad de la fe y la exclusión de la violencia: “En esta argumentación contra la conversión mediante la violencia, – dice el Papa – la afirmación decisiva es: no actuar según la razón es contrario a la naturaleza de Dios”. Ahora bien, esta disertación originó (no por la cuestión musulmana, sino por el verdadero tema central) una replica de Habermas publicada en la revista Neue Zuricher Zeitung, donde cuestiona la tesis de Ratisbona, como un retorno a una fundamentación metafísica a partir de la defensa de la síntesis entre el cristianismo y el helenismo propuesta por el Pontífice. En tercer lugar, el también polémico discurso que en enero de 2008 no pudo leer personalmente en la Universidad de La Sapienza, en Roma, producto de una injusta discriminación de pseudos intelectuales, no solo contra su persona y la dignidad de su investidura, sino contra la misma inteligencia que dicen “defender”, pues si hay algo que está fuera de toda discusión es la estatura intelectual del Pontífice, más allá de estar o no de acuerdo con sus afirmaciones. A estos habría que agregar los discursos ante las Naciones Unidas (2008) con motivo del 60 aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos como fruto de una convergencia de tradiciones religiosas y culturales con fundamento en la dignidad de la persona humana, como ante las autoridades francesas (2008) y los parlamentos británico (2010) y alemán (2011) donde abordó principalmente el problema del fundamento del Estado de Derecho en el marco de lo que se ha llamado una legitima o sana laicidad. Así también los discursos anteriores ante las autoridades de Austria respecto al diálogo entre Fe y Razón y a las raíces cristianas de Europa (2007) y al cuerpo diplomático en Turquía (2006) donde aborda el diálogo intercultural e interreligioso. Además es necesario recordar como centro de su magisterio sus tres encíclicas: Deus Caritas Est (2005), Spe Salvi (2007) y Caritas in Veritate (2009), sobre las virtudes teologales de la caridad y la esperanza (este año de la Fe tendría que haber salido su encíclica sobre la Fe, por lo que espero que nos regale aunque sea como libro personal lo que nos hubiera dicho en dicha encíclica). En consecuencia, voy a dividir la exposición en dos partes. En la primera trataré el problema de la razón moderna, mientras que en la segunda abordaré la cuestión de los fundamentos del Estado de Derecho.

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