Por Jay W. Richards

En los años recientes, la libertad religiosa en los Estados Unidos ha sido tratada por sus defensores como una forma especial de libertad diferente de, digamos, la libertad política o la libertad económica. Esta no es una estrategia viable a largo plazo para la protección de la libertad religiosa. Tanto la libertad económica como la religiosa tienden a existir juntas en las mismas sociedades; ambas están basadas en los mismos principios; tienden ellas a reforzarse una a la otra; y en el largo plazo podría decirse que se sostienen o caen juntas. Como resultado, cuando los cristianos renuncian a la libertad económica, sin darse cuenta de ello, renuncian también a su libertad religiosa.

Las ideas más importantes que tenemos son a menudo aquellas que damos por descontadas; las premisas no explícitas que informan, como si fueran una mano invisible, a nuestros pensamientos conscientes y a nuestras acciones deliberadas. Debido a la forma en la que la libertad religiosa se ha desarrollado y ha sido purificada por la historia, es fácil para los estadounidenses vivir en las ramas del árbol de la libertad olvidando completamente las raíces que soportan su ancla en la tierra.

Damos por sentado que en materia de fe religiosa las personas no deben ser coaccionadas. Suponemos que las instituciones religiosas y las instituciones políticas deben estar separadas. De hecho, la mayoría de los estadounidenses piensan que la verdadera fe religiosa necesita el ejercicio de la libertad. Suponemos que eso que sea  coaccionado no es fe verdadera, sino mera pretensión.

Pocos de nosotros podemos articular la fuente original de estas convicciones. Sospecho que esto se debe a que la premisa teológica que lo justifica se ha convertido en algo enterrado, fuera de la vista, en las intuiciones morales de incluso aquellos que lo rechazan. Thomas Jefferson resumió la premisa cuando escribió en la Declaración de Independencia que hemos recibido de nuestro Creador ciertos «derechos inalienables», como «la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad». Si los seres humanos tienen tales derechos en virtud de nuestro origen divino, si somos el tipo de criaturas a las que debe otorgarse respecto y dada una amplia jurisdicción en los tipos de creencias que afirmamos, de aquí se sigue que en ciertos asuntos, incluida en la religión pero no limitada a ella, nadie debe ser coaccionado.

Uno de los padres fundadores de Estados Unidos, George Mason, ilustró el punto con lucidez en el borrador de la Declaración de Derechos de Virginia (1776), un documento que más tarde se convirtió en el modelo para la Declaración de Derechos de los Estados Unidos. Él escribió, en parte, que «la religión, o las obligaciones que tenemos con nuestro Creador, y la manera de satisfacerlas, pueden ser únicamente dirigidas por la razón y la convicción, no por la fuerza ni por la violencia; y por lo tanto, todos los hombres tienen igual derecho al ejercicio libre de la religión, en concordancia con los dictados de la conciencia; y que es deber mutuo de todos el practicar la indulgencia cristiana, el amor y la caridad hacia los demás».

Debe tenerse en cuenta que la libertad religiosa aquí no está justificada por el relativismo —el argumento favorito pero defectuoso de los estudiantes de segundo de carrera—, sino en función de la religión, por lo que Mason quiere decir el deber que cada uno de nosotros tiene con Dios. La base de la libertad religiosa es en sí misma religiosa.

Derechos Universales

George Mason, Thomas Jefferson, James Madison y otros fundadores no creen estar invocando una costumbre parroquial que hayan ellos tomado de su herencia europea. Ellos alegan, más bien, que estos derechos son universales y que si uno entiende la verdad acerca del hombre, entonces uno, usando la razón, simplemente verá esos derechos obtenidos. Incluso fueron tan lejos como para afirmar que los derechos a la vida y a la libertad eran evidentes por sí mismos.

Adicionalmente a este compromiso con los derechos universales del hombre, los fundadores de los Estados Unidos estaban muy conscientes de los conflictos religiosos del pasado, no solamente en la lejana Inglaterra, sino también en las primeras colonias norteamericanas. A pesar de que los fundadores fueron teológicamente diversos, todos creían que la existencia de un Creador y de la ley moral podrían ser reconocidos por medio de la razón debiendo informar a nuestras vidas políticas y legales. Al mismo tiempo, ellos consideraron que preguntas acerca de la Trinidad, la forma adecuada del bautismo, la administración de Iglesias y asuntos similares, eran temas sectarios más que asuntos estrictamente públicos.

Esta doble convicción los llevó a una posición desconcertante tanto para los seculares modernos como para aquellos que presuponen que los fundadores quisieron establecer una república cristiana. Los fundadores apoyaron la expresión pública de la fe religiosa y su importancia en la moralidad pública, al mismo tiempo que se negaron a establecer una religión nacional. En lugar de ello, optaron por una amplia libertad religiosa, la que significaba de los ciudadanos podían traer a sus convicciones religiosas a la plaza pública.

La Primera Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos captura el equilibrio de su enfoque: «El Congreso no promulgará ninguna ley respecto al establecimiento de una religión, ni prohibirá su libre ejercicio». Un estado justo y ilimitado reconoce dominios e instituciones fuera de su jurisdicción. Estas «realidades pre-políticas» incluyen, muy prominentemente, el derecho de cada ser humano a «la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad». El derecho a la libertad, a su vez, implica el derecho a la libertad de expresión, a la libertad de asociación y a la libertad religiosa.

Por libertad económica entiendo a la situación social en la que los individuos, las familias y las instituciones disfrutan del estado de derecho, el respeto a sus derechos, un gobierno limitado, una vibrante sociedad civil fuera de la jurisdicción del estado, derechos bien definidos de propiedad privada y de contratos, y una amplia discreción en materia económica. Si es sencillo iniciar un negocio; buscar un empleo; contratar empleados sin dictados invasivos de las autoridades políticas, de cárteles privados, o del crimen organizado; negociar salarios, beneficios y responsabilidades; hacer respetar contratos justos; y otras cosas similares, entonces la sociedad disfruta de un cierto grado de libertad económica.

La base filosófica de la libertad religiosa se fundamenta en las mismas bases de la libertad económica: derechos individuales, libertad de asociación y de familia, y la presencia de un gobierno con una jurisdicción limitada.

La libertad económica, tanto como la libertad religiosa, requiere un gobierno limitado: un «gobierno limitado por leyes». El gobierno ayuda a crear y mantener el espacio público (junto con otras instituciones de la sociedad civil) en el que puedan tomarse decisiones económicas libres. La libertad económica existe dentro de un espectro entre la anarquía en un extremo y el estatismo en el otro. La sociedad en la que los fuertes son «libres» para aprovecharse de los débiles y esclavizarlos, no es económicamente libre. Tampoco lo es una sociedad en la que todas las decisiones económicas son tomadas mediante un mandato político.

Debido a que los terrenos económicos y religiosos involucran al hombre como un individuo, como un miembro de una familia y como un miembro de la sociedad, no es realista imaginar que podemos acordonar a nuestra libertad religiosa de nuestra libertad económica.

Un entorno en el que se disfruta a la libertad económica es aquel en que se disfruta a la libertad religiosa y viceversa. Es un círculo virtuoso. De la misma manera, en los entornos en los que se restringe a nuestra libertad económica, ya sea por el estado o por la anarquía general, nuestra libertad religiosa probablemente sufrirá también. Este es un círculo vicioso.

Si este es el caso, entonces, si deseamos preservar la libertad religiosa lo que necesitamos son defensas robustas de ambas, libertad religiosa y libertad económica, enmarcadas de tal manera que se deje claro que estas dos libertades son indivisibles y se refuerzan mutuamente.

 

Nota

La traducción del articulo «Why Religious Liberty Cannot Prosper without Economic Liberty» publicado por el Acton Institute el 20 de julio de 2016, es de ContraPeso.info: un proveedor de ideas que sostienen el valor de la libertad responsable y sus consecuencias lógicas.

Jay W. Richards es assistant research professor en la School of Business and Economics en la Catholic University of America. Esta columna es un fragmento del recientemente publicado libro del Acton Institute, volumen uno, One and Indivisible: The Relationship between Religious and Economic Freedom.