1. Introducción
Dante Urbina es de profesion economista y de aficion apologista católico. Sea como fuere, lo que aquí interesan son sus críticas respecto a la compatibilidad entre catolicismo, capita lismo, liberalismo (si es que debe llamarse así,… ahora lo trataremos).

2. El liberalismo
Antes de nada hay que tratar de lo que comprende el liberalismo. Urbina (2021b: min. 7:42- 9:16; etc.) lo define como «la cosmovisión que le da primacía y centralidad a la libertad del individuo». Me parece adecuado, pero hay que sumarle tres cosas, cuya importancia se irá viendo durante el ensayo.
En primer lugar, es correcto si se refiere a lo que hoy día se entiende por liberalismo (libertad negativa, individualismo,…), pero nada tiene que ver con lo que la Iglesia entiende por liberalismo. Leon XIII (1884) lo trata como el rechazo del gobierno divino sobre el orden politico. Esto nada tiene que ver con dar centralidad a la libertad o no, de hecho, los liberales del siglo XIX (a los que el Magisterio preconciliar se refería) expropiaron las tierras de la Iglesia, de las universidades y comunidades (las desamortizaciones), impidieron que las órdenes religiosas impartieron educación y los expulsaron o disolvieron en repetidas ocasiones, hicieron a la nación sujeto de soberanía (Constitucion Española, CE, 1812: art.3) (creando los estados nacion) y además subordinaron la propiedad privada a ella (CE, 1812: art. 172), desmantelaron los fueros, iniciaron la creación de escuelas públicas (CE, 1812: art. 131 y 366), nacionalizaron el matrimonio1(Constitucion Francesa, 1791: art.7) etc. Medidas, todas ellas, con las que un liberal, como se lo suele entender, no puede estar de acuerdo. Pero entonces, ¿por qué razon el Magisterio preconciliar al condenar el liberalismo hablaba de ciertas libertades (religiosa, de expresion,…)? ¿Acaso los liberales no defendían esas libertades y eso no era, al menos un, motivo de su condena? En Benedicto XVI (2005: 40-41) está la respuesta. El Papa emerito aclaró que dichas libertades no eran condenadas en sí mismas (de hecho, en el discurso citado las defiende), sino cuando estaban fundamentadas en el indiferentismo. Si añadimos a esto lo comentado al inicio del parrafo, concluimos que si las libertades citadas eran consecuencia del rechazo del gobierno divino sobre el orden politico, deben ser condenadas y, por tanto, el liberalismo, como Leon XIII lo entendía. Solo me quedan por añadir dos cosas a este último parrafo. Primero, dado esto, para no mezclar terminos es bueno referirse a lo definido por Urbina como libertarianismo. Segundo, aquel que se define como liberal, pero no comparta la esencia del liberalismo como lo entiende la Iglesia, no se encuentra condenado, dado que la Iglesia no condena nombres sino ideas y así lo confirmó Pio X a traves de Merry del Val (Cárcel Ohr, 1989:323). Así como peca aquel que no se define como liberal pero comparte su esencia.2

1 Dicho sea de paso, Urbina (2021a:min.39:57-40:16) defiende que continúe esta aberracion. Nada malo puede suceder si al estado interesa debilitar los cuerpos intermedios (como explica toda la literatura conservadora y tradicional) y se arroga competencias sobre ellos. ”No, pero nosotros criticamos cuando el estado hace mal”. Nada más estupido que meter al zorro en el gallinero y luego decir que si el zorro mata a gallinas tu iras en defensa de las mismas que has dejado indefensas. 2En ese sentido, puede decirse que comunismo y liberalismo son dos caras de la misma moneda. Mientras que en cualquier otro sentido es un insulto a la inteligencia.
De ahi que definirse como libertario u otra forma (paleolibertario, liberal-conservador,…), no es una res- puesta satisfactoria si con ello no se reniega del error.
En segundo lugar, la definicion de Urbina señala lo esencial. Sin embargo, es justo señalar que está compuesta de diversos (¿incluso contradictorios?) autores y escuelas, por lo que no puede atribuirse a unos lo que defienden exclusivamente otros. En caso contrario, se cae en una falacia de composicion y evidencia incompleta, tan cuidadoso Urbina con las falacias.
En tercer lugar, debe establecerse el ambito en el que se mueve la doctrina. Es una filosofía moral incompleta,3pues se ciñe únicamente a defender la libertad, no entra en la moralidad o conveniencia de cada forma de vida, las tendencias naturales, etc. Esto no es malo en sí mismo. Los cimientos son incompletos en cuanto al proyecto, pero en su ausencia no se podría culminar la empresa. Malo es confundirse de empresa, quedarse en los cimientos o romperlos.

A partir de esta introducción podemos responder a los tres cuestiones que Urbina plantea al respecto:
1. ¿Debe darse centralidad a la libertad?—2. ¿Debe la ley regular las conductas inmorales?—3. El libertarianismo, ¿tiene relacion con el protestantismo?

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CRITICA A DANTE A. URBINA_ LA COMPATIBILIDAD ENTRE CATOLICISMO Y LIBERTARIANISMO